El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha desarrollado un protocolo de actuación con el cual se pretenden mitigar los riesgos asociados a la llegada masiva de animales de compañía de refugiados ucranianos que no cumplan las condiciones de entrada exigidas por la UE.
Preparados para la situación actual
La realidad que se está viviendo en Ucrania ha hecho que la Comisión Europea se pronuncie para evitar dificultades con las personas que huyan del país y lleguen a los estados miembros con sus mascotas.
Conforme al artículo 32 del Reglamento (UE) 576/2013 y como excepción a las condiciones que se prevén para desplazamientos de animales de compañía sin ánimo comercial, los países miembros de la UE, pueden (en momentos excepcionales) autorizar el desplazamiento a su territorio de esos animales. Eso sí, siempre que cumplan unas condiciones mínimas a nivel comunitario.
Dichas condiciones suelen ser una solicitud previa autorizada de aislamiento de los animales con ciertas condiciones determinadas.
De la misma manera, la Comisión Europea ha solicitado que con el fin de facilitar el proceso y abordar de manera adecuada esa situación de emergencia, se lleven a cabo disposiciones sobre permisos aplicables a animales de compañía que lleguen con los refugiados para que se autorice su entrada sin necesidad de solicitar previamente un permiso de forma individual.
En nuestro caso, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, ha realizado un protocolo de actuación que se aplicará de forma homogénea en todo el territorio español para disminuir los riesgos derivados de la llegada de mascotas que no cumplan con las condiciones de entrada en la UE.
En dicho protocolo está incluida una evaluación del riesgo por introducción del virus de la rabia en el país, así como de otras enfermedades endémicas de Ucrania.