La Federación Estatal de Sindicatos Veterinarios (Fesvet) ha realizado y enviado varias propuestas al Proyecto del Real Decreto por el cual se crea la Red Estatal de Vigilancia de la Salud Pública. Con ello solicita la incorporación a esta Red, como actividad básica de nuestro Sistema Nacional de Salud, de los aspectos más fundamentales de la Veterinaria.
Alegaciones para el Proyecto de la Red Estatal de Vigilancia de Salud Pública
Fesvet ha realizado un registro de alegaciones al Proyecto sobre el R.D. con el que se determina y regula la Red Estatal de Vigilancia en Salud Pública. Este, además, producirá y regulará los Laboratorios Nacionales de Referencia.
Dichos laboratorios cuentan con una cualificación técnica especialmente elevada y con prestigio, y se encargarán de apoyar y asesorar funciones vinculadas a la Red.
Desde esta Federación, apremian al Ministerio de Sanidad a que introduzca de forma inmediata las prestaciones de la Veterinaria de Salud Pública al Sistema Nacional de Salud, por considerar las mismas imprescindibles para incrementar las garantías en materia de protección y de promoción de la salud. Además, se ofrecen a colaborar con el fin de alcanzar dichos objetivos.
Más concretamente, entre los reclamos de Fesvet, se encuentran:
- La promoción de la Veterinaria de Salud Pública, entendida como el conjunto de acciones encaminadas a proteger la salud de los humanos frente a peligros biológicos, físicos, químicos o nutricionales derivados de la vida animal o de sus producciones. Estas acciones se desarrollan en los ámbitos de la seguridad alimentaria, la salud y bienestar animal, la promoción de la salud mediante la formación e información sanitarias, la salud ambiental, la docencia en salud pública y de la gestión sanitaria, y la investigación.
- La incorporación y desarrollo de las competencias de la Veterinaria de Salud Pública dentro de la cartera de servicios del Sistema Sanitario Público a través de los correspondientes Servicios Regionales de Salud. Todo ello concordando con lo expuesto en el artículo 8 de la Ley General de Sanidad, y la Ley de Calidad y Cohesión del Sistema Nacional de Salud.
- La inclusión de todos los veterinarios que generan actividades de control sanitario oficial en el ámbito de la veterinaria de salud pública.
- La creación de una categoría profesional sanitaria que sea homogénea en todo el ámbito nacional, con el fin de desarrollar todas las actividades de control veterinario oficial de protección de la salud. Estas abarcarían desde la producción primaria (especial incidencia en la prevención y lucha contra las enfermedades animales), a la calidad alimentaria y la producción alimentaria post-primaria. También la guarda de las acciones preventivas frente a las zoonosis alimentarias y no alimentarias, así como las de prevención de la enfermedad de las personas frente a peligros que procedan de la vida animal y sus producciones.
- Creación de especialidades propias y registro de profesionales y centros laborales en el registro nacional, de igual manera que en otras ramas sanitarias.